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Organización
Órganos unipersonales

 

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 Organos Unipersonales: Bola en movimiento Equipo Directivo del Centro

MIEMBROS

El equipo directivo del centro está compuesto por el Directora, Jefe de Estudios y Secretaria.

COMPETENCIAS

 DIRECTORA.

 
  • Son competencias del director:

    a) Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.

    b) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro de profesores y al Consejo Escolar.

    c) Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución

    de los objetivos del proyecto educativo del centro.

    d) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.

    e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.

    f) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos, en cumplimiento de la normativa vigente sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artículo 127 de esta Ley(LOE). A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros.

    g) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos.

    h) Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.

    i) Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro de profesores del centro y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias.

    j) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.

    k) Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro de profesores y al Consejo Escolar del centro.

    l) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa.

 JEFE DE ESTUDIOS

 
  • Ejercer, por delegación del director/a y bajo su autoridad, la jefatura personal docente en todo lo relativo al régimen académico.
     
     
  • Sustituir al director/a en caso de ausencia o enfermedad.
      
  • Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de maestros y alumnos en relación con el proyecto educativo, los proyectos curriculares de etapa y la programación general anual y, además, velar por su ejecución.
      
  • Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, los horarios académicos de alumnos y maestros de acuerdo con los criterios aprobados por el claustro y con el horario general incluido en la programación general anual, así como velar por su estricto cumplimiento.
      
  • Coordinar las tareas de los equipos de ciclo.
      
  • Coordinar y dirigir la acción de los tutores y, en su caso, del maestro orientador del centro, conforme al plan de acción tutorial.
      
  • Coordinar, con la colaboración del representante del claustro en el centro de formación e innovación educativa (CFIE), las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación del profesorado realizadas por el centro.
      
  • Organizar los actos académicos.
      
  • Fomenta la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar, especialmente en lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su organización.
      
  • Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación general anual, junto con el resto del equipo directivo.
      
  • Favorecer la convivencia en el centro y garantizar el procedimiento para imponer las correcciones que corresponda, de acuerdo con las disposiciones vigentes, lo establecido en el reglamento de régimen interior y los criterios fijados por el consejo escolar.
      
  • Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.
      
  • Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el director/a dentro del ámbito de su competencia. 

 SECRETARIA

 
  • Ordenar el régimen administrativo del centro, de conformidad con las directrices del director/a.
     
  • Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del centro, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del director/a.
     
     
  • Custodiar los libros y archivos del centro.
     
     
  • Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.
     
     
  • Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado.
     
     
  • Custodiar y disponer la utilización de los medios, informáticos, audiovisuales y del resto del material didáctico.
     
     
  • Ejercer, por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y de servicios adscrito al centro.
     
     
  • Elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro.
     
     
  • Ordenar el régimen económico del centro, de conformidad con las instrucciones del director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.
     
     
  • Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación general anual, junto con el resto del equipo directivo.
     
     
  • Velar por el mantenimiento material del centro en todos sus aspectos, de acuerdo con las indicaciones del director.
     
     
  • Cualquier otra función que le encomiende el director dentro de su ámbito de competencia.  

 

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