1. BENEFICIARIOS CON GRATUIDAD TOTAL
    1. Gratuidad por renta: la suma de los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar en el periodo impositivo 2018 no excede en cómputo anual el doble del IPREM, fijado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2019 en 7.519,59 € (es decir, dichos ingresos no superan 15.039,18 €). Estos ingresos se obtendrán del cruce con la Agencia Tributaria; en caso de no autorizar el cruce deberá adjuntar la documentación acreditativa.
    2. Alumnos con discapacidad igual o superior al 33%, adjuntado copia de la tarjeta acreditativa o la autorización para la comprobación de dicha condición.
    3. Familias numerosas de categoría especial, cumplimentando en la solicitud el número de título de familia numerosa y autorización para su comprobación. En caso de no autorizar o de títulos expedidos en otra CCAA se acreditará adjuntando copia del título de familia numerosa en vigor.
    4. Alumnos que se encuentren en acogimiento familiar o residencial, acreditándolo adjuntando copia de la Resolución judicial o Certificado de la Comisión de Tutela.
    5. Solicitante en condiciones especiales de género, circunstancia que se acreditará adjuntando copia de la orden de protección a favor de la víctima, o copia del informe del Ministerio Fiscal o copia de certificado de los Servicios Sociales o Sanitarios de la administración autonómica o local.
    6. Alumnos víctimas de terrorismo, que se acreditará adjuntando copia del informe del Ministerio de Interior, de la resolución de reconocimiento de la Administración General del Estado o de sentencia judicial firme.
    7. Situación carencial específica, que se acreditará adjuntando copia de informe por los Servicios Sociales.
  2. BENEFICIARIOS CON GRATUIDAD DEL 75%
    1. Gratuidad parcial por renta: alumnos que pertenezcan a unidades familiares en las que la suma de los ingresos de todos sus miembros obtenidos en el período impositivo 2018 no exceda en cómputo anual de 2,5 veces el IPREM (es decir, dichos ingresos no superan 18.799 €). Estos ingresos se obtendrán del cruce con la Agencia Tributaria; en caso de no autorizar el cruce deberá adjuntar la documentación acreditativa.
  3. BENEFICIARIOS CON GRATUIDAD DEL 50
      1. Gratuidad parcial por renta: alumnos pertenecientes a unidades familiares en las que el resultado de la suma de los ingresos de todos sus miembros obtenidos en el período impositivo 2018 no exceda en cómputo anual 3 veces del IPREM (22.558,77 €). Estos ingresos se obtendrán del cruce con la Agencia Tributaria; en caso de no autorizar el cruce deberá adjuntar la documentación acreditativa.
      2. Familia numerosa de categoría general, cumplimentando en la solicitud el número de título de familia numerosa y autorización para su comprobación. En caso de no autorizar o de títulos expedidos en otra CCAA se acreditará adjuntando copia del título de familia numerosa en vigor.

CÓMO PRESENTAR LA SOLICITUD DE AYUDAS para el CURSO 2020/2021

PLAZO ORDINARIO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE AYUDA:

  • Para alumnos ya matriculados en el centro: del 15 de junio al 30 de junio
  • Nuevas matriculaciones: durante el mes de septiembre.
  • SOLICITUD VÍA INTERNET: los padres registrados que lo deseen podrán acceder a su solicitud entrando en la aplicación en la dirección https://comedoresescolares.jcyl.es/Este enlace se abrirá en una ventana nueva y cumplimentado los datos requeridos siguiendo los pasos que se indican en la Guía de Ayudas a su disposición en la propia aplicación. La solicitud se confirmará y enviará telemáticamente junto con la documentación adjuntada y quedará a la espera de su validación por el centro. También podrá, a través de la aplicación, cumplimentar su solicitud en la aplicación, imprimirla y presentarla posteriormente en el centro junto con la documentación necesaria. Los padres que no estén registrados en la aplicación podrán solicitar el alta a través del 012.
  • SOLICITUD PRESENCIAL: los padres o tutores presentarán la solicitud de ayudas en el impreso a su disposición en la Secretaría del centro, y en el Portal de Educación, debidamente cumplimentado y firmado, donde se sellará y entregará el resguardo de presentación

Posteriores modificaciones o subsanaciones de la solicitud confirmada y enviada telemáticamente sólo podrán realizarse presencialmente en el centro educativo.

Podrá consultar el estado de tramitación de su solicitud accediendo a la Aplicación de Comedores Escolares, pudiendo descargarse una nota informativa, o bien consultando en su centro educativo:

  • Propuesta de Solicitud de Ayudas (antes del 22 de julio): se informará del resultado de la misma, entregándose notificación individualizada. En caso de ayuda parcial, propuesta desestimatoria o documentación incompleta se informará de las causas y se concederá un periodo de 10 días para subsanaciones que podrán presentarse en cualquier registro.
  • Resolución de Ayudas (antes del inicio del curso escolar): se informará del resultado de la misma, informando de las causas en caso de ayuda parcial o resolución desestimatoria.

GESTIONES DE COMEDOR A TRAVÉS DE INTERNET O LLAMANDO AL 012

Les recordamos que el teléfono de atención a usuarios 012 (983 327 850) atenderá personalmente las llamadas de los usuarios en el horario comprendido entre las 8:00 horas a las 22:00 horas, de lunes a viernes y los sábados no festivos de 9:00 a 14:00 horas. Las gestiones a través de Internet se pueden realizar en cualquier momento entrando en https://comedoresescolares.jcyl.es/Este enlace se abrirá en una ventana nueva

  1. Solicitar para sus hijos o pupilos los menús especiales de regímenes dietéticos, que bajo prescripción facultativa necesiten (siempre con una semana de anticipación), así como aquellos que requieran una modificación dietética durante unos días (dietas blandas antes de las 9:30 del mismo día).
  2. Solicitar para sus hijos o pupilos el uso esporádico del comedor escolar, siempre que haya plazas libres (y antes de las 9:30 del mismo día).
  3. Anulación del servicio de comedor escolar en los días previos, e incluso el mismo día hasta las 9:30 h. Siempre que las circunstancias lo permitan, es recomendable hacer la gestión los días anteriores (hasta las 22 horas) para evitar la masiva utilización del teléfono a primeras horas de la mañana que puede colapsar las líneas.