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Admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos

El proceso de admisión al que nos referimos es el que se aplica al alumnado que pretende cursar enseñanzas sostenidas con fondos públicos de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria , bachillerato y programas de formación para la transición a la vida adulta.

El proceso de admisión han requerido contar con un soporte normativo, y mecanismos que contribuyan a una mayor calidad en la gestión del mismo y, en este sentido, se establece un completo catálogo de principios reguladores del proceso que, además de la garantía de acceso a la enseñanza o la libre elección de centro, incide en la no discriminación, en la igualdad en la aplicación de las normas, en la calidad educativa, en la igualdad de oportunidades y la cohesión social.

En cuanto a disposiciones de carácter general, está constituido por:

  • DECRETO 52/2018, de 27 de diciembre,por el que se regula la admisión (…).
  • ORDEN EDU/70/2019, de 30 de enero, por la que se desarrolla el Decreto 52/2018.. (...)

+ver apartado de normativa

La gestión del proceso de admisión de cada año se concreta en la Resolución cuyo objetivo general se explicita en su propio articulado, y es concretar las actuaciones que deberán llevarse a cabo para la correcta gestión del próximo proceso de admisión, tanto por el alumnado y familias participantes, como por los demás agentes con participación en el proceso (centros docentes, órganos periféricos, etc.).

 Documento PDF Resolución Admisión Curso 2021-2022. (672.3 KB) (30 páginas) 

Participación en el proceso de admisión.

La participación en el proceso de admisión se realiza de forma diferenciada según el momento y las circunstancias bajo las que se solicite:

Proceso ordinario


PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Del 19 de marzo al 6 de abril de 2021

Periodo comprendido entre la publicación de la Resolución anual por la que se concreta la gestión del proceso y la resolución de adjudicación de plazas.

Admisión del alumnado fuera del proceso ordinario
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES . A partir del 1 de julio de 2021

-ver apartado-

Pocedimiento de admisión en supuestos excepcionales

  • Necesidades excepcionales de escolarización inmediata que se produzca a lo largo del curso escolar y no puedan ser resueltas mediante el proceso ordinario de admisión.
  • Actos de violencia de género.
  • Convivencia escolar desfavorable.
  • Alumnado que se incorpora al sistema educativo cuando no pueda participar en el proceso ordinario de admisión, o de haber participado no hubiera obtenido plaza.
  • Alimnado con cambio de residencia.
  • Adopción o acogimiento familiar.

procedimiento simplificado de centro para el curso 2021/2022

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