En el BOCYL del martes 22 de mayo de 2012 se publica la Orden EDU/344/2012, de 18 de mayo, por la que se establece el procedimiento extraordinario para la obtención de la acreditación de la competencia lingüística en lengua inglesa, para impartir áreas no lingüísticas en Educación Primaria en los programas de educación bilingüe de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.

Esta convocatoria está dirigida al profesorado dependiente del ámbito territorial de gestión de la Comunidad de Castilla y León, que reúna alguno de los siguientes requisitos:

  1. Pertenecer al cuerpo de Maestros como funcionariado de carrera, en prácticas, o como personal interino, habiendo obtenido la acreditación de nivel B1 en idioma extranjero inglés conforme a las convocatorias efectuadas por la Resolución de 23 de octubre de 2009, la Resolución de 11 de noviembre de 2010 y la Resolución de 14 de noviembre de 2011 de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación.
  2. Impartir docencia en la etapa de Educación Primaria en disciplinas no lingüísticas en el idioma extranjero inglés en secciones bilingües autorizadas en centros privados concertados y  estar integrado en el pago delegado del concierto educativo.

El procedimiento para la acreditación se podrá realizar mediante alguna de las siguientes modalidades:

  • Modalidad A: Superación de una prueba. Consta de dos partes:
    • Valoración de méritos
    • Valoración de la comprensión oral y lectora, así como de la expresión oral y escrita necesarias del nivel B2 del MCERL, mediante una prueba específica, que se realizará el 26 de junio de 2012 en las sedes de las EE.OO.II que figuran en el Anexo VI de la provincia donde cada candidato tenga su destino y los interinos en lista, en la 1ª provincia seleccionada en dicha lista.
  • Modalidad B: superación de un curso específico que se desarrollará durante el curso escolar 2012-2013.

La inscripción ofrece una triple alternativa:

    • Inscripción para la modalidad A y B:
      • Quien supere la modalidad A obtendrá la acreditación.
      • Quien no lo supere, queda matriculado automáticamente para la modalidad B.
    • Inscripción sólo para la modalidad A:
      • Quien la supere obtendrá la acreditación.
      • Quien no lo supere no podrá realizar la modalidad B..
    • Inscripción sólo para la modalidad B.

Plazo de presentaión de solicitudes: del 23 de mayo al 2 de junio, ambos incluidos.

Las solicitudes de participación se formalizarán conforme al modelo que figura en el anexo I disponible más abajo.

Dichas solicitudes irán dirigidas al Excmo. Consejero de Educación y se presentarán en el Registro de la Dirección Provincial de Educación de la provincia en la que se encuentre ubicado el centro docente donde presten servicios o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Para agilizar la tramitación y asegurar la correcta transcripción de los datos, se ha habilitado en la página web del Centro de Formación del Profesorado en IdiomasEste enlace se abrirá en una ventana emergente una aplicación para cumplimentar el formulario de solicitud (Anexo IV). Dicho formulario se debe imprimir, firmar, y presentar en el plazo establecido (del 23 de mayo al 2 de junio) junto con los anexos necesarios en el Registro de la Dirección Provincial de Educación de la provincia en la que se encuentre ubicado el centro docente donde presten servicios o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El texto de la Orden y el resto de los anexos se encuentran disponibles más abajo.

Asimismo, las solicitudes de participación podrán presentarse de forma telemática. Para ello, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico o de certificado digital de clase 2CA de firma electrónica emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, así como aquellos otros certificados electrónicos que hayan sido previamente reconocidos por esta Administración y sean compatibles con los distintos elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.

Las personas interesadas que dispongan de los medios indicados podrán cursar sus solicitudes, junto con el resto de la documentación que se digitalizará y aportará como archivos anexos a la solicitud, a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en http: //www.teletramitacastillayleon.jcyl.es.