La Junta de Castilla y León aprueba el decreto por el que se establece el calendario de fiestas laborales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 2017.
 Consejo de Gobierno del 15 de septiembre de 2016
 
 Las fiestas laborales, con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad para el próximo año son:
 1 de enero, Año Nuevo. Se traslada al lunes 2 de enero.
 6 de enero, Epifanía del Señor.
 13 de abril, Jueves Santo.
 14 de abril, Viernes Santo.
 23 de abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma. Se traslada al lunes 24 de abril.
 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
 1 de noviembre, Todos los Santos.
 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
 25 de diciembre, Natividad del Señor.
 A estas fechas se han de añadir dos fiestas de carácter local, acordadas por cada municipio, hasta alcanzar 14 fiestas laborales.
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